Artículo 4. El patrimonio de la FLACT está constituido por todos los bienes que fuesen donados o adquiridos. Artículo 5. Los recursos para el cumplimiento de la finalidad de la FLACT son derivados de:
a. Las cuotas ordinarias o extraordinarias que fije la Asamblea General.
b. Las donaciones, auxilios y cualquier otra contribución que se reciba de entidades privadas, nacionales o extranjeras.